ARTEFACTO#01 @ CENTRO HUARTE

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LEGARS @ CENTRO HUARTE

El próximo jueves día 10 de mayo, arranca en el Centro de Arte Contemporáneo de Huarte un workshop de ocho horas de duración (divididas en cuatro sesiones de dos horas cada una) sobre los derechos de autor y la Propiedad Intelectual que tendré el gran placer de dirigir.

El workshop lleva por título Controlar tu obra, los derechos del artista, y se desarrollará los días 10, 17, 24 y 31 de este mes de mayo, desde las 19.30 hasta las 21.30 en el propio Centro. Las sesiones están orientadas a creadores de cualquier disciplina, y tienen como propósito mostrar qué es la Propiedad Intelectual, cuáles son los derechos de los autores, cómo ejercerlos y cómo controlar la explotación de su obra.

A lo largo de las cuatro sesiones, expondremos la razón de ser de la Propiedad Intelectual, explicaremos los derechos morales sobre las obras, los derechos de explotación, su contenido y límites, introduciremos los criterios básicos para saber defenderlos y aprovecharlos, plantearemos los fundamentos de la contratación de los derechos y su negociación y trataremos de concienciar a los creadores sobre la importancia de conocerlos y emplearlos en defensa de su trabajo.

La inscripción cuesta 15€ para las cuatro sesiones, y cualquier interesado puede inscribirse ya mismo dirigiendo un mensaje a educacion@centrohuarte.es . Por lo que me han comunicado no quedan demasiadas plazas, por lo que si estáis interesados, os animo a reservar la vuestra tan pronto como os sea posible.

LegArs os espera a todos.

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SAS INSITUTE vs WORD PROGRAMMING

Una noticia sabrosa, para chuparse realmente los dedos: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que ni las funciones de un programa de ordenador ni su lenguaje de programación quedan protegidos por el Derecho de autor, porque ello “supondría ofrecer la posibilidad de monopolizar las ideas, en perjuicio del progreso técnico y del desarrollo industrial“.

El dictamen resuelve una controversia planteada entre las empresas informáticas SAS Institute y Word Programming Limited. SAS Institute creó un paquete de programas de tratamiento de datos estadísticos en lenguaje SAS, mientras que Word Programming lanzó posteriormente un programa que permitía la ejecución de aplicaciones escritas en el mismo lenguaje SAS, entre las que -como puede imaginarse- estaban las creaciones de SAS Institute, que recurrió a la Justicia invocando la infracción de sus derechos. Continue reading

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ROCK ‘N’ ROLL OVER (Epílogo)

A lo largo de las veinte últimas entregas (y veinte entregas no es cualquier cosa), he querido hacer un repaso de las cuestiones fundamentales que afectan a las obras musicales y sus autores. Hemos estudiado la originalidad de las obras, el concepto de plagio que puede aplicárseles, las condiciones de la autoría, los derechos morales de los compositores, los derechos de explotación, las reglas principales para poder negociar con ellos y las normas para retribuir cualquiera de esos negocios.

Por supuesto, esta serie podría seguir adelante: hay mucho que decir acerca de los contratos típicos de la industria musical (la edición musical, la producción, la ejecución de obras…), de las entidades de gestión (la SGAE, por ejemplo) y las funciones que cumplen, o de las remuneraciones por copia privada para los autores. Sería muy interesante, pero podría hacérsenos eterno, y no quisiera convertir este blog en un monográfico sobre las obras musicales que durara hasta 2013.

De manera que daremos por terminada esta larga exposición aquí, sin perjuicio de que en el futuro volvamos a tratar de las obras musicales cuando se presenten buenas ocasiones para ello. De todo lo que he ido publicando y lo que no voy a publicar -al menos por ahora- han quedado cerca de 150 páginas. Es posible que este próximo verano encuentre algo de tiempo para darles un repaso y me plantee publicarlas todas juntas de alguna forma. Si eso ocurre, seréis los primeros en saberlo.

Gracias por estar ahí y seguir LegArs todos los días.

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ROCK ‘N’ ROLL OVER ( y XX )

La remuneración de los autores.

En todo el desarrollo anterior nos hemos saltado dos artículos que he querido reservar para el final, y son los 45 y 46 de la Ley. Estos dos artículos regulan una cuestión tan importante y delicada (a veces espinosa) como es la remuneración de los autores. Es decir, que los artículos 45 y 46 disponen cómo se paga a los autores. No es cualquier cosa, de modo que veámoslos con atención.

El artículo 45 comienza diciendo que la cesión otorgada por el autor a título oneroso le confiere una participación proporcional en los ingresos de la explotación, en la cuantía convenida con el cesionario.

Lo primero que tenemos que observar es que la Ley está imponiendo un sistema de remuneración como preferente, y es el de la remuneración proporcional. Es decir, que si yo cedo derechos sobre mi obra a un tercero para que la explote, la Ley establece que tendré derecho a ser remunerado en proporción a los beneficios que genere esa explotación, y según lo haya pactado. Este derecho a ser remunerado se predica de las cesiones onerosas (esto es, de las que se llevan a cabo contra una contraprestación o un precio), y obviamente no de las gratuitas. Porque yo puedo también ceder mis derechos gratuitamente a un tercero, si así lo decido. Continue reading

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